Coronavirus, solo puedes caminar y comprar en tu vecindario

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Puedes caminar, pero no puedes salir de casa. Aquí están las últimas aclaraciones sobre las reglas del Decreto para contener la infección por Coronavirus

Durante estos largos días de cuarentena algunas preguntas se volvieron recurrentes: ¿puedes caminar? ¿Y hacer las compras? Si puedo caminar para comprar cigarrillos, ¿por qué no puedo caminar para estirar las piernas?

La duda es legítima.

Como ya ha sucedido y debatido con respecto a la derecho a correr (por el momento puedes correr, pero solo si vas solo y mantienes distancias seguras de un metro de todos), incluso los paseos están sujetos a confusión.

La contradicción surge del hecho de que en el decreto emitido en la noche del 11 de marzo no hubo mención expresa de deportes al aire libre, pero el Prohibición de salir de casa excepto por razones probadas., y para ser declarado rellenando un formulario de autocertificación.

Pues las razones que contempla la autocertificación son solo tres:compra de alimentos, medicamentos, necesidades básicas, motivos médicos, ir a trabajar (además, por supuesto, del regresar a su hogar o residencia).

De ello se deduce que el para pasear por el simple hecho de no es una opción.

Sin embargo, sigue siendo válido que, a partir del decreto anterior, Se permiten los deportes al aire libre manteniendo distancias seguras.

¿Entonces? Se necesita sentido común, explica el Fiscal de Génova con una nota que interpreta las normas sobre la emergencia del Coronavirus: Los movimientos fuera del hogar deben limitarse tanto como sea posible., peroestán permitidos siempre que permanezca cerca de su casa.

Puedes caminar por lo tanto, mejor si solo y en cualquier caso manteniendo distancias de seguridad por cualquier persona que no forme parte de nuestra unidad familiar, ir de compras y llevar al perro, pero no puedes cruzar la ciudad para hacer eso.

El supermercado debe ser el más cercano, el paseo del barrio.

Las sanciones para quienes se encuentren sin razones válidas o mintiendo en la autocertificación. son pena de prisión de hasta 3 meses o multa de hasta 206 euros.

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